Deuda pública (Hacienda y Seguridad Social): se abre camino a exonerar más del 100%
Qué ha pasado:
- El Tribunal Supremo (STS 450/2025, 20 de marzo) y posteriores resoluciones han empezado a romper el límite rígido de 10.000 € de exoneración de deuda pública.
- Un Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid (Auto 708/2025, 26 de mayo) llega a inaplicar el art. 489.1.5º TRLC, permitiendo exonerar el 100% de la deuda pública en un caso concreto, por considerar que el tope de 10.000 € va contra la Directiva europea 2019/1023.
Por qué es importante:
Hasta ahora se decía: “Con la Segunda Oportunidad no te quitas Hacienda ni Seguridad Social, solo hasta 10.000 €”.
La tendencia actual es distinta:
Hay jueces que están perdonando importes muy superiores, incluso la totalidad de la deuda pública, cuando el deudor es de buena fe.
No es automático ni en todos los juzgados, pero abre una vía brutal para autónomos y particulares muy endeudados con la Administración.