Cada deuda tiene su plazo. Pasado ese tiempo sin reclamación válida, deja de ser exigible legalmente.
— Préstamos personales, tarjetas, alquiler, suministros: 5 años
— Hacienda: 4 años
— Seguridad Social: 4 años
— Hipoteca: 20 años
Un detalle importante: si tu deuda es anterior a 2005, el plazo era de 15 años. Con la reforma del Código Civil de 2015 pasó a 5 años — pero el cambio no fue automático, hay que ver cada caso.
Y recuerda: el plazo lo tienen que haber interrumpido de forma oficial y acreditable. Una llamada de teléfono no cuenta. Si no pueden demostrar que te reclamaron en plazo y de forma fehaciente, la deuda puede estar prescrita aunque ellos digan lo contrario.